Bélgica introdujo el impuesto sobre el valor añadido (IVA) en enero de 1971. Las normas principales se recogen en el Código belga del IVA, respaldadas por Reales Decretos y Decretos Ministeriales, y aclaradas a través de circulares y resoluciones emitidas por el Ministerio de Finanzas.

 

Estas normas se basan en las Directivas del IVA de la Unión Europea y cubren el registro del IVA, el cumplimiento, las declaraciones, Intrastat y otras presentaciones.

¿Debes registrarte para el IVA belga?

Como todos los países de la UE, Bélgica exige a las empresas no residentes que se registren a efectos del IVA en determinadas situaciones. Esto se aplica a empresas extranjeras, no a sucursales o filiales locales.


Es posible que debas registrarse para el IVA en Bélgica si:


  • Importas bienes a Bélgica. (El registro a veces puede evitarse si las mercancías se envían inmediatamente a otro país o si el cliente ya está registrado a efectos del IVA en Bélgica).

  • Compras y vendes bienes en Bélgica a particulares o empresas no registradas a efectos del IVA

  • Almacenas mercancías en Bélgica antes de la reventa. (Si la venta es a un cliente belga registrado a efectos del IVA, podría aplicarse la inversión del sujeto pasivo).

  • Llevas a cabo eventos, exposiciones o sesiones de formación en Bélgica

  • Recibes servicios en Bélgica y no estar registrado a efectos del IVA (se aplica la inversión del sujeto pasivo)

  • Autoabasteces bienes (p. ej., transferencia de bienes propios entre países de la UE)

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