No existe un umbral para registrarse a efectos del IVA para los operadores no residentes: cualquier actividad sujeta a IVA en Italia requiere el registro a efectos del IVA antes de realizar entregas.
El umbral de 35 000 € para la venta a distancia, comúnmente citado, está obsoleto; fue sustituido por el umbral de 10 000 € del régimen de ventanilla única (OSS) para toda la UE en julio de 2021. Si las ventas a distancia a consumidores italianos superan ese umbral, es necesario darse de alta en el registro del IVA o el uso del sistema OSS. No existe un umbral nacional para otras actividades: darse de alta en el régimen del IVA es obligatorio independientemente de la facturación.