Tipos de IVA y cumplimiento de la normativa sobre este impuesto en España

Tipos de IVA en España

Como estado miembro de la Unión Europea (UE), España sigue las normas de la UE en materia de cumplimiento de la normativa del impuesto sobre el valor añadido (IVA). Al igual que otros Estados miembros, España establece su propio tipo de IVA estándar, siempre que esté por encima del umbral mínimo de la UE del 15 %.


El tipo de IVA estándar en España es del 21 %. También existen tipos de IVA reducidos del 10 % y del 4 %. El tipo superreducido del 4 % se aplica a productos esenciales como alimentos básicos, libros, periódicos y determinados suministros médicos.


Las empresas registradas a efectos del IVA en España deben aplicar el tipo de IVA correcto a sus entregas de bienes o servicios y remitir el impuesto recaudado a la autoridad fiscal española, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante la presentación de declaraciones periódicas de IVA.

Tasa

Tipo

Qué bienes o servicios

21 %

Estándar

La mayoría de bienes y servicios

10 %

Reducido

Transporte de pasajeros, alojamiento en hoteles, productos alimenticios, restaurantes, eventos culturales

4 %

Superreducido

Alimentos básicos, libros, periódicos, revistas, medicamentos, equipos médicos

0 %

Tipo cero

Transporte intracomunitario e internacional, ciertas exportaciones

Exenciones del IVA en España

Un número limitado de organizaciones, como determinados organismos públicos, instituciones educativas y organizaciones sin ánimo de lucro, pueden estar exentas del IVA. Las empresas que mantengan relaciones comerciales con estas entidades deben comprobar el régimen del IVA aplicable.

Compras libres de impuestos

Los residentes de fuera de la UE pueden reclamar el IVA de las compras realizadas en España que cumplan los requisitos. El importe mínimo por recibo es de 90,16 € y la solicitud debe tramitarse a través de los sistemas electrónicos autorizados antes de que las mercancías salgan de la UE.

Requisitos para el registro a efectos del IVA en España

En España, cualquier empresa que realice actividades sujetas a impuestos, ya sea residente o no residente, debe disponer de un número de IVA válido. No existe un umbral nacional que marque la necesidad de registrarse a efectos del IVA: si se realiza cualquier transacción sujeta a este impuesto, es necesario registrarse.


En el caso de los bienes y servicios transfronterizos de empresa a consumidor (B2C), se aplica el umbral de 10 000 € del régimen de ventanilla única (OSS) en toda la UE. Las empresas que superen este umbral deben registrarse en el país de destino u optar por el régimen de la ventanilla única (OSS).


Para obtener más información sobre cómo registrarse a efectos del IVA en España, visita nuestra página sobre cómo llevar a cabo este procedimiento.

Requisitos de las declaraciones de IVA en España

Las empresas registradas a efectos del IVA en España deben presentar declaraciones periódicas de IVA utilizando el modelo 303. Estas declaraciones informan del IVA recaudado en las ventas y del IVA soportado en las compras. Las declaraciones se presentan trimestral o mensualmente, según la facturación de la empresa y el régimen de IVA.


También debe presentarse una declaración anual informativa del IVA (modelo 390), excepto para las empresas que participan en los regímenes de suministro inmediato de información (SII), REDEME o grupo de IVA. Todas las declaraciones deben presentarse electrónicamente a través del portal de la Agencia Tributaria.


Para obtener más información sobre cómo registrarse a efectos del IVA en España, visita nuestra página de declaraciones de IVA en España.

Existencias en consignación y bajo pedido

Las empresas extranjeras sin un establecimiento permanente que almacenen mercancías en España pueden necesitar registrarse a efectos del IVA para declarar las importaciones y las ventas locales posteriores.


Existencias bajo pedido: si las mercancías están bajo el control exclusivo de un único cliente español en régimen de venta con derecho a devolución, es posible que no sea necesario registrarse a efectos del IVA, siempre que se cumplan las condiciones, incluida la transferencia de la propiedad en un plazo de 12 meses y el conocimiento de los números de identificación fiscal.


Existencias en consignación: cuando las mercancías se almacenan para varios clientes, el proveedor debe registrarse a efectos del IVA en España. La inversión del sujeto pasivo puede aplicarse en función de la transacción.

En el caso de mercancías importadas desde fuera de la UE, el registro a efectos del IVA suele ser obligatorio debido a las obligaciones de declaración de importación.

Mecanismos de recuperación del IVA

Cómo pueden las empresas recuperar el IVA español:


  • Empresas de la UE: pueden solicitar reembolsos en virtud de la 8.ª Directiva presentando las solicitudes a través del portal de su autoridad fiscal local antes del 30 de septiembre del año siguiente a la fecha de la factura.
  • Empresas de fuera de la UE: deben utilizar la 13.ª Directiva si existen acuerdos de reciprocidad. Las solicitudes deben presentarse antes del 30 de septiembre, acompañadas de la documentación justificativa, y es posible que se requiera un representante fiscal.

Declaraciones Intrastat en España

España utiliza las declaraciones Intrastat para controlar el movimiento de mercancías entre España y otros países de la UE. Las empresas registradas a efectos del IVA deben presentar declaraciones Intrastat para las mercancías que crucen las fronteras españolas dentro de la UE.

¿Cuándo es obligatorio Intrastat?

Intrastat es obligatorio cuando las mercancías sujetas a impuestos cruzan fronteras dentro de la UE:


  • Entradas (importaciones): mercancías recibidas de otro país de la UE

  • Salidas (exportaciones): mercancías enviadas a otro país de la UE


Umbrales de Intrastat

Tipo

Umbral anual

Frecuencia

Entradas (importaciones)

400 000 €

Mensual

Salidas (exportaciones)

400 000 €

Mensual

¿Qué debe incluir una declaración Intrastat?

Utiliza los formularios oficiales de Intrastat, que deben incluir lo siguiente:

  • Número de IVA del cliente
  • Valor de los bienes
  • País de origen o destino
  • Código de mercancía (código NC)
  • Peso y unidades de medida

Requisito de aprobación

Las autoridades fiscales españolas no exigen una aprobación independiente para realizar transacciones intracomunitarias, pero las empresas deben estar inscritas en la base de datos del Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA (VIES) y disponer de un número de IVA español válido.

Plazos de presentación

Las declaraciones Intrastat suelen presentarse el 12.º día hábil del mes siguiente al periodo de referencia. La declaración es mensual tanto para las importaciones como para las exportaciones si se superan los umbrales.

Declaraciones de entregas intracomunitarias (ESL) en España

Además de Intrastat, España exige declaraciones de entregas comunitarias (modelo 349) para informar sobre las entregas intracomunitarias de bienes y determinados servicios entre empresas. Deben presentarse mensual o trimestralmente, según el volumen de transacciones.

Cumplimiento de los requisitos de facturación del IVA y de la fecha de devengo

Las empresas registradas deben cumplir las normas de facturación, registro y devengo del impuesto:

  • Las facturas deben incluir todos los campos obligatorios, como el número de IVA, la fecha de la factura y el desglose de impuestos.
  • La facturación electrónica es actualmente obligatoria para las transacciones entre empresas y administración pública (B2G) y se espera que se expanda con futuras reformas que favorecen la digitalización.
  • Las empresas deben llevar una contabilidad precisa y aplicar las normas correctas sobre el devengo del IVA:
    • Bienes: el IVA se devenga en el momento de la entrega o puesta a disposición de los bienes.
    • Servicios: por lo general, el IVA se devenga cuando se presta el servicio o se emite la factura.
    • Importaciones: el IVA se devenga en el despacho de aduanas.

Las devoluciones deben realizarse siguiendo los procedimientos de las notas de crédito, y cualquier conversión de divisas debe realizarse utilizando el tipo de cambio oficial publicado por el Banco de España.


Las declaraciones y pagos del IVA deben realizarse desde el final del periodo de declaración hasta la fecha límite legal aplicable.

Requisitos de las facturas con IVA en España

Las normas de facturación del IVA español se ajustan a la Directiva del IVA de la UE. Las facturas deben emitirse de la siguiente manera: para personas no sujetas a impuestos (p. ej., consumidores), en el momento en que se produce el suministro; para personas sujetas a impuestos (p. ej., empresas), antes del día 16 del mes siguiente al suministro.


Las facturas —ya sean electrónicas o en papel— deben conservarse durante al menos cuatro años. En casos especiales, el plazo de conservación puede ampliarse: cinco años para las transacciones con oro de inversión y seis años para los registros mercantiles (p. ej., libros de contabilidad, correspondencia) según el Código de Comercio.


Una factura válida debe incluir, como mínimo, los siguientes elementos:


  • Fecha de emisión (y fecha de la transacción si es diferente)

  • Número de factura único

  • Número de identificación de IVA (NIF-IVA o equivalente)

  • Nombres y direcciones completos del proveedor y del cliente

  • Descripción, precio por unidad y cantidad de bienes o servicios

  • Indicación de si se han ofrecido descuentos

  • Importe neto imponible, tipo(s) de IVA, importe de IVA por tipo e importe bruto total


Las facturas simplificadas pueden emitirse para transacciones de bajo valor (normalmente por debajo de 400 € con el IVA incluido). Estas facturas deben seguir cumpliendo las normas de conservación, aunque pueden omitir datos como la información del cliente.


La facturación electrónica es obligatoria en España para las transacciones entre empresas y administración pública (B2G). Las facturas de más de 5000 € a organismos del sector público deben emitirse en formato FacturaE a través del portal FACe y firmarse digitalmente con una firma electrónica cualificada. En el caso de transacciones entre empresas (B2B), la factura electrónica aún no es obligatoria, pero la ley del Gobierno «Crea y Crece» la hará obligatoria por fases. Se espera que la obligatoriedad de la factura electrónica en operaciones B2B em España entre en vigor en torno a 2027–2028.

Suministro Inmediato de Información (SII)

Determinados contribuyentes en España están obligados a utilizar el sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) para la declaración del IVA casi en tiempo real. Esto se aplica a empresas con una facturación anual superior a 6 010 121 €, grupos de IVA y empresas registradas en el régimen REDEME.

Las facturas deben registrarse en un plazo de cuatro días naturales a partir de su emisión o recepción, sin contar los fines de semana ni los días festivos nacionales. En febrero, la fecha límite es el último día hábil del mes.


Las empresas que utilizan el SII están exentas de presentar los modelos 347, 340 y 390. Están obligados a presentar declaraciones mensuales de IVA.


Los siguientes registros deben declararse a través del SII:


  • Libro mayor de facturas emitidas

  • Suministro de cobros correspondientes a las facturas registradas en el libro mayor de facturas emitidas

  • Libro mayor de facturas recibidas

  • Suministro de pagos para facturas registradas en el libro de recibos

  • Libro mayor de activos fijos

  • Libro de registro de determinadas operaciones intracomunitarias

  • Cobros en el libro de caja


Las presentaciones se realizan a través del portal en línea de la Agencia Tributaria española en formato XML o mediante software certificado.


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