Umbrales que regulan la obligatoriedad de registrarse a efectos del IVA por ventas a distancia en la UE

Para ayudar a reducir la carga administrativa que soportan las empresas y fomentar su actividad comercial en toda Europa, cada país ha establecido sus propios umbrales que regulan la obligatoriedad de registrarse a efectos del IVA. Si las operaciones de una empresa extranjera no superan estos umbrales, no necesita registrarse a efectos de IVA. Una vez superados estos límites en el mismo año natural, deberá solicitar un número de IVA; consulta nuestro informe sobre el registro a efectos del IVA en la UE. El 1 de julio de 2021, el paquete de medidas de la UE sobre el IVA en el comercio electrónico eliminará los umbrales que afectan a la venta a distancia.

 

También puedes leer nuestro informe sobre el IVA en las ventas a distancia en la UE.

Umbral anual que regula la obligatoriedad de registrarse a efectos del IVA por ventas a distancia en la UE

País

Umbral que regula la obligatoriedad de registrarse a efectos del IVA por ventas a distancia en la UE

Austria

35 000 €

Bélgica

35 000 €

Bulgaria

70 000 BNG

Croacia

270 000 HRK

Chipre

35 000 €

República Checa

1 140 000 CZK

Dinamarca

280 000 DKK

Estonia

35 000 €

Finlandia

35 000 €

Francia

35 000 €

Alemania

100 000 €

Grecia

35 000 €

Hungría

35 000 €

Irlanda

35 000 €

Italia

35 000 €

Letonia

35 000 €

Lituania

35 000 €

Luxemburgo

100 000 €

Malta

35 000 €

Países Bajos

100 000 €

Noruega (país no perteneciente a la UE)

N/A

Polonia

160 000 PLN

Portugal

35 000 €

Rumanía

118 000 RON

Eslovaquia

35 000 €

Eslovenia

35 000 €

España

35 000 €

Suecia

320 000 SEK

Suiza (país no perteneciente a la UE)

N/A

Reino Unido (país no perteneciente a la UE)

No aplicable. Es obligatorio registrarse a efectos del IVA en el Reino Unido para vender cualquier cantidad según la normativa británica sobre el IVA en el comercio electrónico de 2021.

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