Las empresas no residentes en la UE deben tener un representante residente en la UE a efectos de despacho de aduanas e IVA de importación. Este es un requisito del Código Aduanero de la Unión (CAU) de la UE cuando el importador no puede presentar un número EORI asociado a la residencia en la UE. El representante indirecto será responsable solidaria y mancomunadamente de los derechos de aduana (aranceles) y el IVA de importación adeudados, ya que actúa como representante indirecto (véase más abajo).
Un único representante de la UE puede representar a su cliente en cualquier Estado miembro de la UE a efectos de importaciones aduaneras. Este es un requisito independiente de la representación fiscal del IVA. Existen dos formas de representación aduanera.
En cualquier caso, el representante debe estar registrado oficialmente en su oficina de impuestos local: