IVA de existencias en consigna y "call off"

La Unión Europea ha creado un conjunto especial de normas de IVA para las empresas que tienen sus existencias en territorios extranjeros. Ofrecen orientación sobre cuándo se debe cobrar el IVA y si una empresa necesita registrarse a efectos de IVA como operador no residente en otro país de la UE donde almacena sus mercancías.

 

El tratamiento de las existencias extranjeras a efectos del IVA se divide en dos: existencias en consigna y existencias en depósito. Se separan en función de quién controla el acceso y el uso de las existencias, lo que activa las normas relativas al devengo del IVA y su cumplimiento.

IVA de la UE sobre existencias "call off"

Las existencias en régimen "call off" son mercancías que se envían desde su país de origen a un almacén o a las instalaciones de almacenamiento de un cliente en otro país de la UE. La titularidad de la mercancía sigue siendo del vendedor. Si un cliente tiene el control del almacén, está al tanto de los movimientos de existencias y puede retirar existencias a voluntad, entonces se clasifica como existencias en consigna y, por lo general, no requiere que el vendedor se registre a efectos de IVA en el país extranjero como operador no residente.


Para fines del IVA europeo, cualquier venta futura se considera una entrega intracomunitaria de IVA. Esto significa que la venta se registra con el número de IVA nacional del vendedor y su declaración, y no se aplica ningún IVA. El cliente solo tiene que registrar la venta como una adquisición en su declaración de IVA local. Puede que siga siendo obligatoria la declaración en Intrastat y en la Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

IVA de la UE sobre existencias en consignación

Si el stock se envía inicialmente al almacén del vendedor, que está bajo su control (incluido el almacenamiento alquilado), entonces la configuración se trata como stock en consignación. Normalmente, existen múltiples clientes potenciales para el stock en consignación.

 

Esto tiene un tratamiento diferente a efectos del IVA de la UE que las existencias "call off". El movimiento de mercancías al almacén se considera una entrega. Esto significa que el vendedor casi con toda seguridad tiene que registrarse a efectos de IVA en el país de destino. El movimiento se trata como una autoventa (adquisición). También se requerirá la declaración Intrastat en este punto. Cuando las mercancías se venden al cliente, el IVA local se carga y se registra en el registro de IVA extranjero del vendedor.

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